Finalmente el Superior Tribunal de Justicia se expidió sobre la constitucionalidad de la última ley de Odenamiento Territorial de Bosques Nativos que fuera cuestionada por el ambientalismo, sin embargo emitió varias exhortaciones para lograr una correcta aplicación de la norma en el cuidado de los recursos forestales del Chaco.
Superior Tribunal de Justicia (STJ) del Chaco resolvió, mediante la sentencia 19/2026, rechazar la inconstitucionalidad de la Ley Provincial 4005-R y su modificatoria 4152-R, que establece el Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos (OTBN). El fallo, adoptado por mayoría de 4 a 1, declaró que la ley permanece en vigencia y es constitucional, destacando que el OTBN constituye un instrumento clave para la planificación territorial y la protección ambiental, alineado con la Ley Nacional 26.331 y el artículo 41 de la Constitución Nacional.
Exhortaciones
El tribunal exhortó al Poder Ejecutivo a implementar mecanismos documentados de participación ciudadana y a acreditar si hay afectación directa sobre territorios de comunidades indígenas, para determinar la procedencia de la consulta conforme a estándares constitucionales y convencionales.
Asimismo, el Poder Legislativo debe considerar los resultados de estas instancias participativas para ajustar la normativa si fuera necesario.
Además, se instó al Estado provincial a intensificar las políticas de prevención, control y fiscalización de desmontes ilegales, y a adoptar medidas de recomposición y restauración ambiental en zonas afectadas, garantizando la funcionalidad ecológica de los ecosistemas y el desarrollo sostenible.
Voto en dicidencia
La jueza Iride Isabel María Grillo votó en disidencia, argumentando que el proceso participativo no cumplió con los estándares exigidos por la normativa ambiental y que la consulta a pueblos indígenas fue insuficiente, destacando que el OTBN no puede aplicarse automáticamente sobre territorios comunitarios sin respetar su derecho de participación efectiva.
